Permisos de Trabajo en Georgia: Autorización para Trabajar Legalmente

El Documento de Autorización de Empleo (EAD), conocido como permiso de trabajo, permite a ciertos inmigrantes trabajar legalmente en Estados Unidos. Se solicita mediante el Form I-765 ante USCIS y está disponible para múltiples categorías bajo 8 CFR § 274a.12, incluyendo solicitantes de ajuste de estatus, asilados, beneficiarios de DACA, titulares de TPS, solicitantes VAWA, y beneficiarios de Visa U, entre muchos otros.

Es crítico presentar su solicitud de EAD en la categoría correcta. Bajo 8 CFR § 274a.12, las categorías se dividen en tres grupos: (a) empleo autorizado por incidente al estatus, (b) categorías que requieren solicitud de EAD, y (c) categorías discrecionales. Presentar en la categoría incorrecta puede resultar en negativa y complicar su situación migratoria. Trabajar sin autorización es una violación seria bajo INA § 274A.

Para renovaciones de EAD, USCIS implementó una extensión automática de 180 días para ciertas categorías cuando la renovación se presenta antes del vencimiento del EAD actual. Esta extensión protege la continuidad laboral mientras USCIS procesa la renovación. Sin embargo, no todas las categorías califican. Nuestros abogados en Norcross le asesoran sobre su categoría específica y presentan renovaciones con tiempo suficiente.

Pasos que Debe Tomar

1

Determine Su Categoría de EAD

Llame al (770) 609-9396. Identificamos bajo qué categoría de 8 CFR § 274a.12 califica y si necesita esperar la aprobación de otra solicitud antes de poder solicitar el EAD.

2

Presente con Anticipación

Para renovaciones, presentamos 150+ días antes del vencimiento para garantizar continuidad laboral bajo la extensión automática de 180 días. No espere al último momento.

3

Documente Su Elegibilidad

Recopilamos los documentos necesarios según su categoría: notificaciones de USCIS, comprobante de solicitud pendiente, documentos de identidad, y fotos actualizadas.

4

Monitoreo y Renovación

Monitoreamos el estatus de su solicitud, respondemos a solicitudes de evidencia adicional (RFE), y le notificamos cuando sea tiempo de renovar para que nunca pierda su autorización de empleo.

Preguntas Frecuentes

¿Quiénes pueden solicitar un permiso de trabajo?
Las categorías más comunes incluyen: solicitantes de ajuste de estatus I-485 pendiente (c)(9), solicitantes de asilo después de 180 días (c)(8), beneficiarios DACA (c)(33), titulares de TPS (a)(12), solicitantes VAWA con I-360 pendiente (c)(31), y beneficiarios de Visa U en lista de espera (c)(14). Evaluamos cuál categoría aplica a su caso.
¿Cuánto tarda el proceso del EAD?
Los tiempos varían de 3 a 7 meses dependiendo del centro de servicio y la categoría. Para solicitantes de asilo, el EAD debe emitirse dentro de 30 días bajo ciertas condiciones. La extensión automática de 180 días cubre el lapso para renovaciones elegibles.
¿Qué es la extensión automática de 180 días?
Si usted presenta su renovación de EAD antes de que venza el actual, y su categoría califica, su autorización de empleo se extiende automáticamente por 180 días. Su empleador puede verificar la extensión con el aviso de recibo de la renovación combinado con su EAD actual.
¿Puedo trabajar mientras espero mi EAD?
No, a menos que tenga autorización de empleo por incidente al estatus (categoría (a)), como residentes permanentes o asilados aprobados. Si su solicitud de EAD está pendiente y no tiene otra autorización, debe esperar la aprobación antes de trabajar.
¿Trabajar sin permiso afecta futuras solicitudes?
Sí. El empleo no autorizado puede afectar solicitudes de naturalización (buen carácter moral), ajuste de estatus, y puede generar causales de inadmisibilidad. No trabaje sin autorización. Consulte primero con un abogado sobre sus opciones.

Leyes Aplicables

8 CFR § 274a.12Categorías completas de personas elegibles para autorización de empleo en Estados Unidos.
INA § 274A / 8 USC § 1324aProhibición de empleo no autorizado: ilegal para empleadores e inmigrantes.
8 CFR § 208.7Autorización de empleo para solicitantes de asilo después de 180 días de espera.

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