Defensa contra Deportación: Cada Minuto Cuenta

Enfrentar una orden de deportación es una de las experiencias más aterradoras que puede vivir. Su familia, su trabajo, su vida entera están en riesgo. En J. Lee & Associates, nuestros abogados de defensa contra deportación tienen experiencia directa en las cortes de inmigración de Georgia, incluyendo la corte de Atlanta que sirve al condado de Gwinnett. Actuamos con la urgencia que su caso requiere.

La ley de inmigración ofrece varias formas de alivio para personas en proceso de remoción. La cancelación de remoción bajo INA § 240A está disponible tanto para residentes permanentes como para personas sin estatus legal que han vivido en EE.UU. continuamente por 10 años o más y tienen familiares ciudadanos o residentes que sufrirían dificultad excepcional. El asilo defensivo bajo INA § 208 protege a quienes enfrentan persecución en su país de origen.

Si usted o un familiar fue detenido por ICE, el tiempo es crítico. Tiene derecho a una audiencia ante un juez de inmigración y a ser representado por un abogado. No responda preguntas de los agentes de inmigración sin representación legal. Las declaraciones que haga pueden ser usadas para acelerar su deportación. Llame inmediatamente al (770) 609-9396.

Pasos que Debe Tomar

1

No Firme Nada sin Abogado

Si ICE le pide firmar documentos de deportación voluntaria, NO firme sin consultar a un abogado. La salida voluntaria puede parecer atractiva pero elimina ciertas formas de alivio futuro.

2

Llame Inmediatamente al (770) 609-9396

Ofrecemos consultas de emergencia para detenciones de ICE. Mientras más rápido tengamos su caso, más opciones tendremos para protegerle.

3

Recopile Evidencia de Su Vida en EE.UU.

Récords de impuestos, contratos de renta, registros escolares de sus hijos, cartas de empleadores, y evidencia de participación comunitaria fortalecen su caso de cancelación de remoción.

4

Identifique a Familiares Ciudadanos o Residentes

La relación con familiares con estatus legal es clave para muchas formas de alivio. Identifique todos los familiares que puedan apoyar su caso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es la cancelación de remoción?
Es un alivio disponible en la corte de inmigración. Para no residentes bajo INA § 240A(b), debe demostrar 10 años de presencia continua en EE.UU., buen carácter moral, y que su deportación causaría dificultad excepcional a un familiar ciudadano o residente (cónyuge, padre, o hijo). Solo se otorgan 4,000 cancelaciones por año fiscal.
¿Puedo solicitar fianza si estoy detenido por ICE?
En muchos casos sí. El juez de inmigración puede otorgar fianza si usted no representa un peligro para la comunidad ni un riesgo de fuga. El monto mínimo es $1,500. Algunos delitos graves hacen que la detención sea obligatoria sin fianza bajo INA § 236(c).
¿Qué pasa si tengo una orden de deportación vieja?
Si tiene una orden de remoción en ausencia (in absentia), puede ser posible reabrir su caso si demuestra circunstancias excepcionales o que no recibió notificación adecuada. La moción para reabrir bajo 8 CFR § 1003.23 generalmente debe presentarse dentro de 180 días, pero hay excepciones.
¿Un DUI puede causar mi deportación?
Un DUI simple generalmente no es una causa de deportación por sí solo. Sin embargo, múltiples DUIs, DUI con lesiones, o DUI combinado con otros antecedentes puede clasificarse como delito que involucra depravación moral bajo INA § 237(a)(2). Cada caso requiere análisis individual.
¿Mis hijos ciudadanos pueden evitar mi deportación?
Tener hijos ciudadanos no evita automáticamente la deportación, pero es un factor importante. Sus hijos pueden ser la base para solicitar cancelación de remoción si puede demostrar que sufrirían dificultad excepcional. También pueden peticionar por usted cuando cumplan 21 años.

Leyes Aplicables

INA § 240A / 8 USC § 1229bCancelación de remoción para residentes permanentes y no residentes con 10 años de presencia.
INA § 208 / 8 USC § 1158Asilo defensivo: protección para personas que enfrentan persecución en su país.
INA § 236(c)Detención obligatoria para ciertos delitos graves: sin derecho a fianza.
8 CFR § 1003.23Mociones para reabrir procedimientos de deportación ante la corte de inmigración.

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