Salida Voluntaria — Salir de EE.UU. sin Orden de Deportación Formal
La salida voluntaria (voluntary departure) bajo INA § 240B es una forma de alivio en procedimientos de remoción que permite a una persona salir de los Estados Unidos por sus propios medios, en lugar de ser formalmente deportada. La ventaja principal es que no genera una orden formal de remoción, lo que significa que la persona no queda sujeta automáticamente a las barras de inadmisibilidad de 10 o 20 años que acompañan a una deportación formal, preservando opciones migratorias futuras.
La salida voluntaria puede concederse antes de la audiencia final (pre-hearing, hasta 120 días) o al final del procedimiento (post-hearing, hasta 60 días). La post-hearing requiere que la persona sea deportable, haya estado presente en EE.UU. por un año, tenga buena conducta moral, y pague una fianza (bond). Las consecuencias de no salir dentro del plazo son severas: multas de hasta $5,000 y una barra de 10 años para ciertos beneficios migratorios. En J. Lee & Associates evaluamos si la salida voluntaria es la mejor estrategia para su caso. Llame al (770) 609-9396.
Pasos que Debe Tomar
Análisis Estratégico: ¿Salida Voluntaria o Defensa de Deportación?
Evaluamos su caso completo para determinar si la salida voluntaria es la mejor opción o si existen defensas sólidas (asilo, cancelación de remoción, ajuste de estatus) que valga la pena perseguir. Esta decisión estratégica es fundamental y debe hacerse con un abogado.
Solicitud de Salida Voluntaria ante el Tribunal
Si decidimos que la salida voluntaria es la mejor opción, la solicitamos ante el Tribunal en el momento procesal correcto (pre-hearing o post-hearing), cumplimos con todos los requisitos, y aseguramos el plazo máximo posible.
Planificación de Regreso Legal a EE.UU.
Mientras usted cumple con la salida voluntaria, comenzamos a planificar su eventual regreso legal mediante petición familiar, waiver de inadmisibilidad, u otras vías según su situación. La salida voluntaria puede ser el primer paso de un plan migratorio más amplio. Llame al (770) 609-9396.
Preguntas Frecuentes
¿Qué pasa si no salgo dentro del plazo de salida voluntaria concedido?
¿La salida voluntaria afecta mi capacidad de regresar a EE.UU.?
¿Debo pagar fianza para la salida voluntaria?
¿Puedo pedir salida voluntaria si tengo orden de remoción por no presentarme a audiencia?
Leyes Aplicables
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